De acuerdo con lo planteado en Decreto de la Xunta de Galicia nº 172/1995 (Ver D.O.G. de 26 de junio de 1995),
Lugo debe de iniciar de forma clara, la reivindicación de un segundo y tercer "Punto de Atención Continuada" sanitarios. Dicho decreto, estipula en su art. 2 punto 2, que cuando se prestan servicios o coberturas al medio rural el ratio de pacientes por PAC, debe de estar en torno a los 25.000 habitantes.
En Lugo, con el elevado número de parroquias rurales que componen el municipio y la población urbana en torno a los 95.000 habitantes, debería disponer de 3 PAC, que posiblemente debían de estar situados en: Fingoy (ya existe, como único), Milagrosa y Sagrado Corazón, de cara a ofertar la cobertura requerible y diseñada en su momento para atender con garantías en menos de 30 minutos cualquier requerimiento de atención que pueda llegar.
Lo que hay, esta claro que es insuficiente y lo que no puede es estar usándose los servicios del 061, para algo que debe atender otras prioridades a veces incluso dentro del área de los propios PAC
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